Elección del medio y la forma de pago
Seguidamente de establecer la forma del pago con el comprador, se procede a elegir el medio de pago; el cual está en función de múltiples circunstancias como la solvencia, la confianza, la experiencia, el mercado, el destinatario, el interés en la operación, costos, seguridad de cobro, ventajas e inconvenientes de las diferentes modalidades, riesgo país, entre otros.
El medio de pago, es el instrumento entre los posibles, aceptado por el vendedor para realizar la operación en los términos contractuales establecidos. Creemos que el grado de confiabilidad determina la elección de una opción u otra de pago. Los dos principales riesgos son la fiabilidad del comprador (comercial) y la situación de estabilidad o crisis del país importador (político).
El crédito documentario o comúnmente conocido como carta de crédito, es un
instrumento por medio del cual el banco emisor ejerciendo según las instrucciones del importador la responsabilidad de pagar al beneficiario (exportador) por intermedio otro banco (banco corresponsal) contra entrega de los documentos requeridos y que estén correctamente emitidos de acuerdo a las condiciones y términos del crédito documentario.
De acuerdo a la explicación expuesta líneas arriba, la empresa Etno SAC usa el crédito documentario como medio de pago, siendo la modalidad de la
misma: irrevocable, confirmada y a la vista.
Las partes intervinientes en un crédito documentario son:
- Ordenante
- Banco emisor
- Banco corresponsal
- Beneficiario (exportador)
A continuación, se expone una breve explicación de la modalidad de crédito
documentario elegido de acuerdo a la publicación 400 de la Cámara de Comercio Internacional:
- Irrevocable: Sólo se puede modificar y cancelar con la aprobación conjunto del banco emisor, del banco confirmador y por el beneficiario.
- Confirmado: Cuando el banco avisador incorpora también su propia obligación de pago al banco emisor. Esta modalidad de crédito documentario considera una doble certificación de cobro porque un banco en el país del vendedor confirma y se responsabiliza con el banco emisor el pago.
- A la vista: El beneficiario cobra al contado contra la documentación recibida y confirmada por el banco confirmador.
Comentarios
Publicar un comentario